1. Identificación oficial con fotografía, en original y vigente que puede ser: credencial de elector, licencia de conducir, pasaporte mexicano, cédula profesional con fotografía, tarjeta de residente temporal o permanente expedida por el Instituto Nacional de Migración, cartilla del servicio militar con sus respectivos resellos acorde a la ley de SEDENA o Constancia de identidad municipal con firma y sello, que contenga fecha de emisión (no mayor a 60 días), firma y/o huellas digitales al calce del interesado.
  2. Comprobante de domicilio del Estado de Veracruz, en original y no mayor a 60 días, a nombre del contribuyente.
    • Trámites realizados por personas físicas.
      Recibo de teléfono fijo, agua, luz, predial o estado de cuenta bancario a nombre del contribuyente (este último únicamente a nombre de la empresa y/o representante legal). En caso de que el comprobante no se encuentre a nombre del titular de la factura, deberá incluir en el recibo por la parte frontal la leyenda: Hago constar que el C. (nombre completo claro y sin abreviaturas) habita en este domicilio, que cuente con la firma legible del titular de comprobante de domicilio, que coincida con la firma de la identificación actual, y anexar copia de la identificación oficial con fotografía (vigente) de quien firma.
    • Trámites realizados por personas morales.
      Para trámites realizados por personas morales, deben presentar en original: recibo de agua, luz, teléfono, o estado de cuenta bancario (este último únicamente a nombre del titular de la factura). En caso de que el comprobante no se encuentre a nombre de la persona moral, debe estar certificado con nombre y firma (clara, legible y que coincida con la identificación oficial) del propietario o del representante legal según sea el caso, anexar copia de la identificación oficial con fotografía vigente, Poder Notarial de quien está certificando el comprobante de domicilio y copia del Contrato de Arrendamiento (vigente).
  3. Constancia de no infracción expedida por la Dirección General de Transporte del Estado de Veracruz.
  4. Acta de extravío o robo expedida por la Fiscalía General del Estado de Veracruz.
  5. Presentar REPUVE impreso no mayor a 24hr.
  6. Presentar el comprobante de Pago de Derecho de Control Vehicular y/o Impuesto Estatal Sobre la Tenencia o Uso de Vehículos del ejercicio fiscal vigente.

  1. En caso de no acudir el propietario del vehículo, deberá otorgar una Carta Poder Simple, en donde se especifique el trámite a realizar y las características de la unidad, adjuntando los siguientes requisitos:
    • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona otorgante
    • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder
    • Se deberá presentar firmada en original por quien otorga el poder, quien lo recibe y por dos testigos
    • Copia de la identificación oficial con fotografía y vigente de los testigos.

  1. Identificación oficial con fotografía vigente y en original del representante legal
  2. Acta Constitutiva. En el caso de Instituciones Públicas, presentar el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación y/o Gaceta Oficial.
  3. Poder Notariado del Representante legal para actos de administración y dominio vigente.
  4. Cédula de Identificación Fiscal (R.F.C.), no mayor a 3 meses
  5. En caso de no acudir el representante legal, deberá otorgar una carta poder membretada por la empresa, especificando el trámite a realizar y las características de la unidad y, adjuntando los siguientes requisitos:
    • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de la persona facultada para otorgar el poder.
    • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.
    • Se deberá presentar firmada en original por quien otorga el poder y por quien lo recibe y por dos testigos.
    • Copia de la identificación oficial con fotografía y vigente de los testigos.

  1. En caso de no acudir el propietario del vehículo, deberá designar un Representante Legal, el cual presentará:
    • Poder Notarial para actos de administración.
    • Identificación oficial con fotografía vigente y en original de quien recibe el poder.

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