1. ¿Cuál es la vigencia del Programa de Canje de Placas 2022?
Con el decreto número extraordinario Tomo CCV, No. 258, publicado el día 30 de junio de 2022, el periodo para realizar el canje se amplía del 1° de julio al 31 de diciembre de 2022.
2. ¿Es obligatorio el canje?
Los contribuyentes con vehículos cuyas placas fueron emitidas en 2011 o años previos (arcoíris, blancas con rojo, jarocho y Tajín), tienen que realizar su canje obligatoriamente. Las placas con borde gris y azul (2017) es voluntario el canje y seguirá vigente ese modelo de placa.
3. ¿Cuál verificación debo tener para obtener los beneficios del Programa de Canje de Placas 2022?
La Verificación del primer semestre del 2022
4. ¿Cuáles serán los beneficios fiscales?
Para los propietarios de vehículos con placas producción 2011 y/o anteriores que se encuentren al corriente en el pago de sus contribuciones en materia vehicular al 31 de diciembre de 2021, y que al momento del canje de placas cuenten con su verificación vehicular del primer semestre de 2022 podrán obtener:
• Un 10% de descuento para el pago de los derechos de control vehicular anual del ejercicio fiscal 2022 hasta el 31 de diciembre del 2022
• Subsidio del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios (actualizaciones, recargos, multas y honorarios) del ejercicio 2022
• Un 75% de descuento en el costo de Canje de Placas del 1 de julio al 30 de septiembre del 2022.
• Un 50% de descuento en el costo de Canje de Placas del 1 de octubre al 31 de diciembre del 2022.
• Subsidio al 100% del pago del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados y sus accesorios (actualización, recargos y multas)
• Subsidio al 100% del pago de derechos por baja de vehículo en el Registro Estatal de Contribuyentes por conceptos de cambio de propietario, por solicitud de canje de placas, destrucción de calcomanía numeral y pérdida de una o ambas placas, siempre y cuando se realice el canje de placas ya sea de forma obligatoria o voluntaria.
• Subsidio al 100% del pago de derechos por reexpedición de tarjeta de circulación por cambios en el Registro de Propietario, domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible o por error u omisión, siempre y cuando se realice el canje de placas ya sea de forma obligatoria o voluntaria durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021.
• Se otorga un estímulo fiscal del 100% del Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación que causen las obligaciones fiscales únicamente de los siguientes conceptos del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados y sus accesorios, pago de derechos por baja de vehículo en el Registro Estatal de Contribuyentes por conceptos de cambio de propietario y del pago de derechos por reexpedición de tarjeta de circulación por cambios en el Registro de Propietario, domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible o por error u omisión durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021.
Para los propietarios de vehículos con placas producción 2011 y/o anteriores, que no se encuentren al corriente en el pago de sus contribuciones en materia vehicular al 31 de diciembre de 2021, y que al momento del canje de placas cuenten con su verificación vehicular del primer semestre de 2022, deberán cubrir el costo total de Canje de Placas del 1 de julio al 31 de diciembre de 2022.
• Un 10% de descuento para el pago de los derechos de control vehicular anual del ejercicio fiscal 2022 hasta el 31 de diciembre del 2022
• Subsidio del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios (actualizaciones, recargos, multas y honorarios) del ejercicio 2022
• Un 70% de descuento del pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios (actualizaciones, recargos, multas y honorarios) del 1 de julio al 30 de septiembre del 2022
• Un descuento del 50% del pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios (actualizaciones, recargos, multas y honorarios) del 1 de octubre al 31 de diciembre del 2022
• Subsidio al 100% del pago del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados y sus accesorios (actualización, recargos y multas)
• Subsidio al 100% del pago de derechos por baja de vehículo en el Registro Estatal de Contribuyentes por conceptos de cambio de propietario, por solicitud de canje de placas, destrucción de calcomanía numeral y pérdida de una o ambas placas, siempre y cuando se realice el canje de placas ya sea de forma obligatoria o voluntaria.
• Subsidio al 100% del pago de derechos por reexpedición de tarjeta de circulación por cambios en el Registro de Propietario, domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible o por error u omisión, siempre y cuando se realice el canje de placas ya sea de forma obligatoria o voluntaria.
• Subsidio al 100% de la actualización, recargos, multas y honorarios de Derechos de Control Vehicular a las personas físicas o morales, inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del Servicio Privado, que se hayan generado por la omisión del pago por concepto de Derechos de Control Vehicular Anual, que se hayan causado durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021.
• Se otorga un estímulo fiscal del 100% del Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación que causen las obligaciones fiscales únicamente de los siguientes conceptos del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados y sus accesorios, pago de derechos por baja de vehículo en el Registro Estatal de Contribuyentes por conceptos de cambio de propietario, del pago de derechos por reexpedición de tarjeta de circulación por cambios en el Registro de Propietario, domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible o por error u omisión y de la actualización, recargos, multas y honorarios de Derechos de Control Vehicular durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021.
Para los propietarios de vehículos con placas producción 2017 que al momento del canje de placas cuenten con su verificación vehicular del primer semestre de 2022, en cualquier caso deberán cubrir el costo total de Canje de Placas del 1 de julio al 31 de diciembre de 2022 para acceder a los beneficios fiscales del Programa ya que en este modelo de placas el canje es voluntario:
• Un 10% de descuento para el pago de los derechos de control vehicular anual del ejercicio fiscal 2022 hasta el 31 de diciembre del 2022
• Subsidio del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios (actualizaciones, recargos, multas y honorarios) del ejercicio 2022
• Un 70% de descuento del pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios (actualizaciones, recargos, multas y honorarios) del 1 de julio al 30 de septiembre del 2022
• Un descuento del 50% del pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos y sus accesorios (actualizaciones, recargos, multas y honorarios) del 1 de octubre al 31 de diciembre del 2022
• Subsidio al 100% del pago del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados y sus accesorios (actualización, recargos y multas)
• Subsidio al 100% del pago de derechos por baja de vehículo en el Registro Estatal de Contribuyentes por conceptos de cambio de propietario, por solicitud de canje de placas, destrucción de calcomanía numeral y pérdida de una o ambas placas, siempre y cuando se realice el canje de placas ya sea de forma obligatoria o voluntaria.
• Subsidio al 100% del pago de derechos por reexpedición de tarjeta de circulación por cambios en el Registro de Propietario, domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible o por error u omisión, siempre y cuando se realice el canje de placas ya sea de forma obligatoria o voluntaria.
• Subsidio al 100% de la actualización, recargos, multas y honorarios de Derechos de Control Vehicular a las personas físicas o morales, inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del Servicio Privado, que se hayan generado por la omisión del pago por concepto de Derechos de Control Vehicular Anual, que se hayan causado durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021.
• Se otorga un estímulo fiscal del 100% del Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación que causen las obligaciones fiscales únicamente de los siguientes conceptos del Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados y sus accesorios, pago de derechos por baja de vehículo en el Registro Estatal de Contribuyentes por conceptos de cambio de propietario, del pago de derechos por reexpedición de tarjeta de circulación por cambios en el Registro de Propietario, domicilio, de motor, de color, de uso, de capacidad, de combustible o por error u omisión y de la actualización, recargos, multas y honorarios de Derechos de Control Vehicular durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021.
5. En caso de no tener adeudos ¿en cuánto me va a salir el canje?
En el caso de vehículos con placas producción 2011 y anteriores:
• 25% del costo de Canje de Placas del 1 de julio al 30 de septiembre del 2022.
• 50% del costo de Canje de Placas del 1 de octubre al 31 de diciembre del 2022.
• Pago de Derechos de Control Vehicular 2022.
• Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación causado por el costo de Canje Placas y Derechos de Control Vehicular 2022.
En el caso de vehículos con placas producción 2017, al ser voluntario el canje, tendrán que pagar:
• El 100% Canje de Placas
• Pago de Derechos de Control Vehicular 2022.
• El Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación causado por el costo de Canje Placas y sus derechos de control vehicular 2022.
6. Aprovechando el canje, quiero hacer cambio de propietario. ¿Tengo que pagarlo o será gratis?
Si el contribuyente se adhiere al programa de Canje 2022 y el trámite se realiza en el periodo comprendido del 1° de julio al 31 de diciembre de 2022, el cambio de propietario quedará subsidiado al 100%.
7. ¿Cuáles son los requisitos para el canje de placas?
• Identificación oficial vigente con fotografía.
• Comprobante de domicilio del Estado de Veracruz, en original y no mayor a dos meses, a nombre del contribuyente (En caso de no estar a nombre del contribuyente, anexar la leyenda “Hago constar que el C._______ vive en este domicilio y adjuntar copia de identificación oficial vigente con fotografía”).
• Factura original a favor del contribuyente o documento de adjudicación.
• Constancia de inscripción en REPUVE http://www2.repuve.gob.mx:8080/ciudadania/consulta/ no mayor a 24 horas.
• Presentar comprobante de pago del Canje de Placas (2022) y de los derechos de control vehicular del ejercicio fiscal vigente.
• Devolución de la tarjeta de circulación. En caso de extravío presentar Constancia de No Infracción Estatal y Acta de extravío o robo expedida por el Ministerio Público o Fiscalía General del Estado.
• Devolución de las placas (delantera y trasera). En caso de extravío o pérdida, presentar Acta de extravío o robo expedida por el Ministerio Público o Fiscalía General del Estado.
8. ¿Puedo hacer el canje de placas fuera del término establecido? ¿Qué costo tendrá?
Sí, pero tendrás que pagar al 100% el canje de placas más lo que aplique: costo del derecho de baja, del ISAVAU, de la reexpedición de la tarjeta de circulación; además del impuesto sobre la tenencia, sus recargos, actualizaciones, multas y honorarios, y el pago de derechos de control vehicular; así como los recargos, actualizaciones, multas y honorarios de derechos de control vehicular que se hayan causado durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022.
9. Si no puedo acudir a la Oficina de Hacienda ¿Qué otra opción me brinda el Decreto para el canje 2022?
Puedes digitalizar tu documentación y adjuntarla en la siguiente liga https://www.ovh.gob.mx/proceso-de-canje-de-placas-2022-del-servicio-privado/ tienes hasta antes del 31 de diciembre de 2022 para realizar dicho trámite, realizar los pagos y recoger tus placas. De igual manera puedes seguir la página de Facebook “Mi Hacienda Veracruz” y “Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno de Veracruz” donde constantemente se actualiza la información con respecto al Programa de Canje de Placas 2022.
10. ¿Puedo realizar el canje si mis placas pertenecen a otra entidad federativa?
Si, los autos de otra entidad federativa que requieran emplacamiento del estado de Veracruz, deberán cubrir el costo de Canje de Placas, el Impuesto Adicional para el Fomento a la Educación causado por el costo de Canje Placas y cubrir el Pago de Derechos de Control Vehicular 2022, así como cumplir con los requisitos para el Canje de Placas 2022 y presentar el vehículo en alguna de las Oficinas de Hacienda Del Estado habilitadas para realizar este trámite.